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Anses activa un bono para jubilados: ¿De cuánto es y quiénes lo cobran?

Según el comunicado publicado en Boletín Oficial, la medida del presidente Javier Milei fue tomada debido a “la grave situación socioeconómica que atraviesa nuestro país".

Anses activa un bono para jubilados: ¿De cuánto es y quiénes lo cobran?
Martes 02 de enero de 2024, 12:59

Tras proponer eliminar la movilidad jubilatoria en la Ley Ómnibus, el Gobierno oficializó el pago del bono de 55 mil pesos para jubilados y pensionados, a cobrarse en enero y, según informaron, también en febrero.

A través del Decreto 116/2023 publicado en el primer Boletín Oficial de 2024, el presidente, Javier Milei, dio luz verde la iniciativa que busca que todos los beneficiarios cobren un monto por encima de los $160.000.

Según el texto, la medida fue tomada debido a “la grave situación socioeconómica que atraviesa nuestro país que ha ocasionado, entre otras cuestiones, un alza acelerada del índice de precios, con especial incidencia en los adultos mayores de menores ingresos, para quienes es necesario acudir a su sostenimiento”.

Podrán percibir el bono los jubilados que reciben sus prestaciones de parte del ANSES; quienes cobran la Pensión Universal para el Adulto Mayor, y quienes cobren una pensión no contributiva por vejez, invalidez o por ser madre de 7 hijos o más y demás pensiones no contributivas.

Respecto a los montos, se estableció que cobrarán el monto máximo del bono ($55.000) quienes perciban hasta $105.712,61 “por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes”, para alcanzar el tope de $160.712,61.

Cabe recordar que, días atrás, el vocero presidencial, Manuel Adorni, consideró que la fórmula de movilidad jubilatoria iba a ser "sumamente perjudicial" para los jubilados y que, hasta que no exista otra fórmula, “los jubilados serán compensados de manera mensual para que dejen de perder contra la inflación”.

Hasta ahora, los ajustes se dan en un porcentaje de incremento trimestral, determinado por la variación de un índice que surge de sumar 50% del aumento trimestral de la recaudación de la Administración Nacional de la Seguridad Social por beneficiario y 50% de la variación de los salarios.




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