El proyecto de Ley Ómnibus enviado al Congreso Nacional por el Poder Ejecutivo establece, en materia de educación superior, que "las instituciones de gestión estatal y las universidades nacionales podrán establecer aranceles" para extranjeros no residentes, habilitando así que la educación pública sea arancelad
La iniciativa impulsada con el nombre de "Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos" modifica en el artículo 553 el artículo 2 bis de la ley 24.521 de Educación Superior que dice que "los estudios de grado en las instituciones de educación superior de gestión estatal son gratuitos e implican la prohibición de establecer sobre ellos cualquier tipo de gravamen, tasa, impuesto, arancel, o tarifa directos o indirectos".
En su lugar, la nueva norma establece que "los estudios de grado en las instituciones de educación superior de gestión estatal para todo ciudadano argentino nativo o por opción y para todo extranjero que cuente con residencia permanente en el país, son gratuitos, quedando prohibido establecer sobre ellos cualquier tipo de gravamen, tasa, impuesto, arancel o tarifa, directos o indirectos". Y agrega que "las instituciones de educación superior de gestión estatal y las universidades nacionales en ejercicio de su autonomía, podrán establecer aranceles para los servicios de enseñanza de grado o de trayectos educativos para aquellos estudiantes que no reúnan los requisitos previstos en el párrafo primero".
El artículo N° 556 de la norma sustituye al N° 58 de la ley de Educación Superior y dispone que "el aporte del Estado Nacional para las instituciones de educación superior universitaria de gestión estatal se distribuirá en función del número de estudiantes matriculados en cada institución, el tipo de carrera ofrecida, tales como carreras de grado, posgrado y otras, y su área de formación y también el número de egresados y otros criterios que se definan".
La norma vigente, en tanto, establece que "el aporte del Estado nacional para las instituciones de educación superior universitaria de gestión estatal no puede ser disminuido ni reemplazado en ningún caso mediante recursos adicionales provenientes de otras fuentes no contempladas en el presupuesto anual general de la administración pública nacional".
El proyecto en su artículo N° 552 indica además que las provincias "a cuyo cargo se encuentra la gestión de la educación en los distintos niveles, acordarán cada una de ellas en su jurisdicción, las condiciones laborales, el calendario educativo, el salario mínimo docente y la carrera docente".
De acuerdo con el Gobierno argentino, el proyecto presentado tiene como objetivo "promover la iniciativa privada, así como el desarrollo de la industria y del comercio, mediante un régimen jurídico que asegure los beneficios de la libertad para todos los habitantes de la Nación y limite toda intervención estatal que no sea la necesaria para velar por los derechos constitucionales", según se lee en el primero de los 1.030 artículos.
Contiene delegaciones legislativas al Poder Ejecutivo Nacional de emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, social, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria y social, con especificación de las bases que habilitan cada materia comprendida y con vigencia durante el plazo específicamente previsto.
Los propósitos de la iniciativa son "la promoción del derecho fundamental a la libertad individual". "Los habitantes de la Nación tienen derecho a ejercer sus libertades sin injerencias indebidas por parte del Estado", dispone el artículo N° 2.
El texto, que abarca una serie de iniciativas contempladas en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que firmó el presidente de la Nación la semana pasada, fija que el plazo para la emergencia podrá ser prorrogado por el Ejecutivo por el plazo máximo de dos años. La nueva iniciativa lleva la firma de Milei, el jefe de Gabinete Nicolás Posse y todos los ministros.